Resumen del Artículo Disposición final octava

Artículo Disposición final octava del Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (LD) — Disposición final octava. Fundamento constitucional. Esta Ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes…

LDVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final octavaDisposición final octava

Disposición final octava. Fundamento constitucional.

Esta Ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, conforme al artículo 149.1.1.ª de la Constitución.

Norma publicada: 14 de diciembre de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final octava

¿Qué dice el Artículo Disposición final octava del LD?

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¿El Artículo Disposición final octava del LD está vigente?

El artículo Disposición final octava del LD está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final octava dentro del LD?

Forma parte del articulado del Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final octava?

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